Estaba mirando el estatuto de la Organizacion de Trabajadores Radicales (O.T.R.) y me llamo la atención encontrar en el Capitulo II, Art. 4 que: "El patrimonio de Organización de Trabajadores Radicales (O.T.R.) es ilimitada e indivisible y estará constituido por:...
Con el diez por ciento, (10%) de las remuneraciones de los representantes gremiales que ocupen cargos ejecutivos y/o legislativos nacionales, provinciales y/o municipales en representación de la U.C.R."
También me llamo la atención la Carta Orgánica de la U.C.R. Jujuy que en su Capitulo XIV Art. 69 y 70 establece la regla del 10% incluso para los ambiguos "cargos políticos rentados" y en el art. 67 establece que los afiliados al partido deben pagar un monto que determinará la Convención Provincial.
Los de la U.C.R. Mendoza son notablemente puntillosos con los distintos porcentajes según cargo o (sorpresa) ex-cargo. Dice el texto:
DEL TESORO DEL PARTIDO.
A – De la integración
Art. 102° - El tesoro del Partido se integrará con:
a) La contribución de los afiliados, que será fijada anualmente por el Comité de la Provincia.
b)
Las cuotas mensuales que fije el Comité de la Provincia a sus miembros
titulares y suplentes, convencionales, delegados nacionales y a todos
los afiliados que ocupen cargos en los órganos de conducción del
Partido.
c)
El porcentaje que fije el Comité de la Provincia sobre los emolumentos
que por todo concepto, dieta, viáticos, gastos de representación, etc,
perciban los afiliados que desempeñen cargos electivos provinciales que
nunca será menor al diez (10%) por ciento ni mayor del veinte (20%) por
ciento.
d)
Un porcentaje que no excederá el cinco (5%) por ciento de los
emolumentos que por todo concepto perciban los empleados y funcionarios
desde la categoría once (11) en adelante, o su equivalente tanto de la
administración pública provincial, legislativa y municipios, como de
empresas del estado provincial, y de las empresas con categorías
equivalentes a las mencionadas.
e) Los legisladores nacionales aportarán únicamente al Comité Nacional, salvo la contribución por candidatura.
f) Los aportes voluntarios que ingresen los afiliados.
g) Los ingresos determinados por Ley.
h)
El aporte de tres (3%) por ciento de las jubilaciones que perciban en
carácter de ex-legisladores provinciales, afiliados al Partido."
Que en 2012 todavía haya que discutir estas cosas dice mucho acerca de la frágil cultura política que nos alberga. Estamos como a 200 kilometros de alguna victoria cultural.
6 comentarios:
Buenas, quería comentarte que en el socialismo (eramos del PS hasta la expulsión)también se acostumbra a realizar aportes del 10% que se suele dividir entre un 5% para la casa del pueblo local y 5% para la provincia.
saludos
Que le pregunten a lilita de que vivía cuando no era diputada o a Luis Zamora cuanto dejaba de su sueldo de diputado para el partido.
No entiendo el post.... el partido Justicialista se financia con el 10%.... de la facturación de cada obra pública.
Cristina también se finacia con la obra pública y comprando a precio de remate tierras fiscales, una genia, vive robando y muchos la consideran el epítome del progresismo (lo mismo pasa con Hebe y su hijo putativo Schoklender)
No Alcides, y no solo el post no entendes.
Muy bueno.. este tipo de respuestas son necesarias, no entiendo por què nadie aclara. Se puede ignorar un programa que mide y despuès es repetido por los noticieros? Liliana
A mi me parece que no hay que aclarar nada. Si uno quiere pertenecer a una agrupacion (politica, religiosa, social, deportiva o lo que fuere) y esta pertenencia tiene un costo, entrar (y aportar) es un problema enteramente suyo. Quizas este "arrepentido" tenia una vision mas inocente o mas romantica de la politica. Como sea, creo que tantas aclaraciones le dan al asunto mas trascendencia de la que merece
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